El Gobierno provincial presentó ante la Cámara de Diputados un Proyecto de Ley que tiene como finalidad fijar un régimen para el otorgamiento de concesiones de obras y servicios públicos, además de normar la presentación y evaluación de iniciativas privadas en el ámbito provincial.
Según los fundamentos oficiales, la medida busca dotar al Estado de herramientas para garantizar la adecuada prestación de servicios y el desarrollo de infraestructura incentivando la inversión privada, de modo que los concesionarios asuman las etapas de construcción, ampliación, operación, administración, reparación y mantenimiento.
Asimismo, se establece que una vez finalizada la concesión, la totalidad de la infraestructura, obras, herramientas y elementos requeridos para la continuidad del servicio se incorporarán al patrimonio del Estado provincial.
En ese marco, la propuesta determina que las concesiones se otorgarán por un plazo fijo máximo de 20 años, con la posibilidad de prórrogas que no podrán superar los 10 años adicionales. Además, cuando los contratos prevean una duración superior a los 20 años, la licitación requerirá la ratificación del Poder Legislativo.
La retribución para las empresas adjudicatarias podrá estructurarse mediante el cobro de tarifas, peajes, cánones de uso u otros mecanismos a fin de compensar los costos de inversión y operatividad.
Adjudicación
La adjudicación de los contratos se realizará mediante licitación pública, ya sea nacional o internacional, de etapa única o múltiple. En el proceso de evaluación se tendrá en cuenta la propuesta económica, la experiencia, la capacidad y la solvencia de los participantes.
El proyecto prevé también la regulación del procedimiento de iniciativa privada, mediante el cual personas jurídicas o consorcios pueden proponer proyectos de interés público. Si la iniciativa es declarada de interés y licitada, su promotor obtendrá un margen de preferencia del 6% en caso de ofertas equivalentes. Este porcentaje se elevará al 10% si el promotor es una persona jurídica radicada en Chaco o un contrato asociativo con una participación de firmas locales no menor al 30%.
Control estatal
Por otra parte, el proyecto reserva al Ejecutivo la aprobación de los pliegos de bases y condiciones, el modelo de contrato, el acto de adjudicación, las modificaciones, las prórrogas y la decisión sobre la extinción anticipada, todo ello sin perjuicio de permitir la delegación de las tareas preparatorias en organismos descentralizados. A su vez, impone la obligación de informar permanentemente a la Comisión de Obras y Servicios Públicos de la Legislatura sobre el desarrollo de cada proceso de concesiones.