La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos para reportar operaciones de intermediación o compraven...
También se estableció que a partir de ahora los ajustes se realizarán una vez al año en base a la variación anual que haya tenido el Índice de Precios al Consumidor del INDEC.
Esto se aprobó por medio de la Resolución General 5362/2023 donde la AFIP introdujo modificaciones a las normativas que regían sobre "sujetos que en forma habitual realicen por cuenta propia o de terceros intermediación o compraventa de motos o autos usados, y sobre titulares y cotitulares de inmuebles que negocien, oferten o transfieran propiedades o derechos sobre bienes a construir".
Además, se dispuso un incremento del valor mínimo desde el cual es obligatorio tramitar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA). Los nuevos valores entrarán en vigencia el 1 de junio.
Así, las operaciones de compraventa de automotores y motovehículos usados deberán informarse al organismo a partir de 1,1 millón de pesos cuando se trate de autos y de los 450.000 pesos si se trata de motos. Actualmente eran de 600.000 pesos y 240.000 pesos, respectivamente.
Por otra parte, para los inmuebles el valor se actualiza desde los 5 millones de pesos a 9,4 millones de pesos. En tanto que la obligatoriedad para la obtención del CETA se incrementa desde los 2.400.000 pesos a los 4.500.000 pesos.
No hay comentarios.