Cristina Fernández de Kirchner volvió a cobrar la pensión vitalicia que le corresponde como viuda del ex presidente Néstor Kirchner. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) le pagó en septiembre el haber de agosto de 2026, por un monto bruto de $16.090.877,01. El pago se hizo porque la Justicia ordenó restablecer el beneficio de forma provisoria.
El Gobierno lo había suspendido en noviembre de 2024, cuando le dio de baja tanto la asignación como ex presidenta como la pensión por viudez, que están previstas en la Ley 24.018. Después de esa baja, Cristina Kirchner fue a la Justicia. En el caso de la pensión de viuda, el Juzgado Federal de la Seguridad Social N°1 primero le rechazó el pedido para volver a cobrar, pero después la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social le dio la razón. Los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini Albarenque ordenaron que se suspenda la decisión de ANSES y que se le devuelva la prestación mientras sigue el juicio de fondo. Para eso tuvieron en cuenta que es un beneficio alimentario y las consecuencias de dejarla sin cobrar hasta que haya una sentencia definitiva.
El 8 de julio, ANSES informó en el expediente que iba a cumplir con el fallo y que restituiría el pago en la liquidación de agosto. Así lo hizo, y el dinero se acreditó en septiembre. El Gobierno confirmó que, aunque cumple con lo que dice la Justicia, va a seguir reclamando. El Ministerio de Capital Humano, que conduce Sandra Pettovello y del que depende ANSES, mantendrá los recursos ante la Corte Suprema para intentar revertir el fallo y volver a suspender el pago.
ANSES había presentado un recurso extraordinario federal, pero la Cámara lo rechazó porque consideró que se trataba de una medida cautelar y no de una sentencia definitiva. En el debate también intervino el procurador Eduardo Casal, que cuestionó que se haya restablecido la pensión y puso el foco en la condena firme que tiene Cristina Kirchner en la Causa Vialidad: seis años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua por administración fraudulenta.
El punto en discusión es si esa inhabilitación afecta el derecho a cobrar una prestación de la Ley 24.018, que no es una jubilación común sino un beneficio vinculado a haber ocupado los máximos cargos del país. La Justicia previsional todavía tiene que resolver si la baja que hizo ANSES en 2024 estuvo bien hecha. Mientras tanto, y hasta que la Corte Suprema diga lo contrario, ANSES deberá seguir pagando la pensión todos los meses.