La justicia federal de Tierra del Fuego le ordenó este miércoles a las empresas "Rockhopper Exploration" y "Navitas Petroleum Development" que suspendan la exploración de petróleo en las Islas Malvinas que llevan adelante a través del proyecto "León Marino" y que fueron denunciadas por el gobierno nacional de Javier Milei.

Fuentes judiciales informaron a Clarín que la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, aceptó una medida cautelar de ex combatientes de la guerra de Malvinas e intimó a las compañías que en 10 días presenten una serie de informes. "Ordenar a Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited, en cuanto de ellas dependa, que se abstengan de iniciar, continuar, ejecutar o hacer ejecutar actos materiales de ejecución del proyecto 'León Marino'", sostuvo la magistrada en su resolución, que concretamente pide que se abstengan de iniciar la "extracción o explotación comercial de hidrocarburos".

El motivo de la suspensión es porque el gobierno nacional informó que las empresas no tramitaron el impacto ambiental que el proyecto de exploración puede tener en la zona. "La incertidumbre existente acerca de la totalidad de las consecuencias ambientales del proyecto no aparece aislada, sino vinculada con una actividad hidrocarburífera de gran escala, intervenciones físicas sobre el lecho marino, explotación prolongada de recursos, ecosistemas sensibles y ausencia de evaluación ambiental por parte de las autoridades argentinas", sostuvo la magistrada.

La incógnita sobre el acatamiento

La incógnita es si las compañías acatarán la medida. Es porque cuando el presidente Milei, en cadena nacional, anunció sanciones, las petroleras respondieron que iban a continuar con el proyecto porque tenían el aval y los permisos del gobierno de las Malvinas y del Reino Unido.

En su fallo, la jueza Borruto señaló que la justicia argentina tiene facultades para intervenir en el caso: "Que la circunstancia de que las demandadas sean sociedades constituidas en el extranjero no enerva la plena vigencia del derecho argentino, desde que el emprendimiento cuestionado se proyecta sobre la plataforma continental argentina y sobre los espacios marítimos correspondientes a las Islas Malvinas". Y agregó: "Que las actividades de exploración y explotación hidrocarburífera objeto de la controversia se encuentran sometidas, en cuanto a sus condiciones de habilitación y a las exigencias de protección ambiental, a las disposiciones del derecho argentino de manera excluyente".

El origen de la causa

La causa la inició el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas -La Plata- (CECIM) por el presunto daño ambiental que ambas petroleras estarían realizando en el mar Argentino. La jueza aceptó la semana pasada intervenir y pidió una serie de informes antes de resolver si suspendía la exploración de petróleo de Rockhopper y Navitas.

En su resolución, la magistrada explicó que la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros informó que ninguna de las dos empresas inició un procedimiento de evaluación ambiental. Por su parte, ARCA hizo lo propio y señaló que ni Rockhopper ni Navitas están registradas en su padrón.

El contexto del proyecto Sea Lion

Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited desarrollan el yacimiento Sea Lion con el aval de las autoridades de las islas. Las compañías planean una inversión de más de 2 mil millones de dólares para extraer 55 mil barriles diarios del yacimiento a partir de 2028. El proyecto "offshore" (costas afuera) se ubica en la cuenca petrolera Malvinas norte, a unos 220 kilómetros de las islas.

La medida judicial es preventiva y tiene lugar en un contexto de creciente tensión entre Argentina y Gran Bretaña luego de que el presidente Javier Milei anunciara recientemente la instalación de una base naval en la provincia de Tierra del Fuego, el punto continental más cercano al archipiélago, y el envío al Congreso de un proyecto para endurecer las sanciones vigentes contra compañías nacionales y extranjeras que operen en las islas.

Las obligaciones impuestas a las empresas

La jueza también intimó a Rockhopper y Navitas a que informen el estado actual del proyecto, sus cronogramas, el detalle de los pozos proyectados y demás detalles. Las empresas deberán presentar, dentro de los diez días desde la notificación, una declaración jurada acompañada por documentación que permita conocer el estado actual de ejecución del proyecto Sea Lion.

Además, tendrán que precisar la cantidad, ubicación y situación de los pozos; informar qué unidades flotantes y equipos de perforación fueron contratados y quiénes son los principales contratistas y subcontratistas. También deberán identificar a las entidades financieras y fondos que participan, detallar los desembolsos realizados, comprometidos o pendientes, y precisar cuáles son las aseguradoras y reaseguradoras vinculadas.

La documentación solicitada debe incluir los estudios ambientales, análisis de riesgo, modelizaciones de derrames y planes de contingencia elaborados en relación con el proyecto.