El Juzgado Civil N°4 dispuso la internación forzosa de Cristian “Pity” Álvarez por un plazo de 90 días, en medio del juicio oral que enfrenta por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido en 2018 en Villa Lugano. La medida fue adoptada luego de que el músico protagonizara un dramático episodio en el Hospital Tornú, donde permanecía internado por una crisis hipertensiva, al intentar escapar del centro de salud.
El intento de fuga que desencadenó la medida
El episodio ocurrió el lunes, cuando Álvarez debía participar de manera virtual de una nueva audiencia del juicio. Según trascendió, personal médico y judicial intentaba trasladarlo desde la sala de terapia intermedia hacia una habitación común para que pudiera conectarse por computadora, cuando el músico sufrió una crisis nerviosa y quiso abandonar el establecimiento. Fue contenido por el personal del lugar y regresó a su habitación, pero la audiencia debió ser suspendida. Su abogado, Sebastián Queijeiro, relató que “los médicos lo corrieron con ampollas y jeringas para calmarlo, y poderlo ingresar de vuelta. No pudieron sedarlo cuando se estaba escapando”.
Los fundamentos de la Justicia
La decisión se basó en una evaluación psiquiátrica realizada el 23 de septiembre por el Área de Salud Mental de la Clínica Dharma, en el Hospital Tornú. El informe, remitido al Juzgado Civil N°4, determinó que Álvarez presenta “un cuadro relacionado con consumo problemático y dependencia de múltiples sustancias psicoactivas, junto con una descompensación psicótica aguda y conductas consideradas de riesgo”. Los profesionales concluyeron que existía “riesgo cierto e inminente para sí y/o terceros”. Fuentes del caso confirmaron a la Agencia Noticias Argentinas que la internación se dispuso por ese alto riesgo.
Qué dispuso la resolución judicial
El Juzgado Civil N°4 resolvió que Álvarez permanezca internado en el Hospital Tornú hasta que se determine su destino y se analice una eventual derivación a una institución psiquiátrica especializada. La resolución establece las siguientes medidas:
El director del establecimiento deberá informar cada 30 días sobre la evolución del paciente y comunicar cualquier novedad relevante.
Se ordenó adoptar las medidas de seguridad necesarias para evitar que el músico abandone el tratamiento antes de recibir el alta médica, incluida la posibilidad de una consigna policial.
Si se requiere un traslado a otra institución, deberá realizarse en ambulancia y acompañado por un familiar responsable.
La Justicia también le pidió a la Clínica Dharma que, en el plazo de 48 horas, manifieste si admitirá a Álvarez para una eventual internación voluntaria.
En caso de que sea necesario extender la internación más allá de los 90 días, la situación deberá volver a ser comunicada y evaluada judicialmente.
La resolución remarcó que la internación “es considerada un recurso terapéutico de carácter restrictivo y por el tiempo más breve posible” y que “toda persona con padecimientos mentales, se encuentre o no internada, goza de los derechos fundamentales”. Una vez superada la causa que motivó la medida, deberá procederse a la externación inmediata sin necesidad de una nueva orden judicial.
El estado del juicio penal
La situación médica y judicial del músico impacta directamente en el desarrollo del proceso por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz. La defensa de Álvarez, a cargo del abogado Javier Baños, sostiene que su estado no le permite afrontar el juicio en condiciones adecuadas. Baños declaró a Radio Nacional que “la semana pasada un equipo interdisciplinario había advertido sobre la situación de Pity Álvarez y explicó que se encontraba desorientado en tiempo y en espacio. Hablaron de un deterioro muy avanzado de sus funciones psíquicas superiores”, por lo que “no estaba en condiciones de continuar avanzando con el proceso penal”. El letrado agregó que la defensa planteó que no se puede avanzar con el juicio sin la presencia de su defendido y que “querían recortarle más garantías al Pity que a un terrorista o que a un genocida”.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) N° 29, que lleva la causa, deberá ahora definir cómo continúa el debate mientras Álvarez permanece internado. El tribunal había rechazado previamente pedidos de suspensión al considerar que no se había presentado una situación novedosa que justificara detener el proceso, pero el nuevo episodio y la evaluación psiquiátrica cambiaron el escenario.