El Gobierno provincial resolvió la cesantía de una abogada y agente contratada de la Administración Tributaria Provincial (ATP) tras confirmarse en un sumario administrativo que la profesional incurrió en faltas graves, inasistencias injustificadas y violaciones al régimen de incompatibilidad laboral al trabajar en simultáneo para empresas del sector privado.
Se trata de Bettina Antonella Biolchi, quien fue cesanteada mediante un decreto firmado por el gobernador Leandro Zdero. El expediente disciplinario arrancó a partir de una serie de informes enviados por el titular de la Receptoría N° 68 de la ATP, la delegación ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Las alertas se encendieron ante reiteradas faltas injustificadas, fallas en el cumplimiento de tareas técnicas, falta de respuesta a oficios judiciales y alteraciones en los registros de asistencia. A esto se sumó que la empleada cancelaba por su cuenta turnos de diligenciamiento oficial y dejaba de tramitar mandas judiciales, pretendiendo hacer pasar licencias no autorizadas como días trabajados.
El cruce de datos que reveló la incompatibilidad
A la par, la investigación detectó que Biolchi mantenía otros trabajos en relación de dependencia. Mediante un entrecruzamiento de información entre ARCA, la Superintendencia de Servicios de Salud, la red LinkedIn y la base de datos de NOSIS, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) emitió el dictamen confirmando la incompatibilidad.
Así, se comprobó que trabajó para el Estudio Jurídico Lew Todarelli y Asociados S.A. entre el 7 y el 30 de junio de 2021, durante un período de prueba que se superpuso con su contrato en la ATP, y que ingresó a BICE Fideicomiso S.A. el 18 de julio de 2022, donde continuaba activa al momento de la revisión.
Sanción confirmada y renuncia
A lo largo del proceso, se notificó a la agente a través de la Plataforma Digital, pero Biolchi decidió no presentarse a la audiencia ni presentar descargos o pruebas en su defensa. Aunque el 19 de enero de 2024 la abogada envió un telegrama en el que expresaba "renuncio al empleo desde 10/01/2024", la Dirección de Sumarios ratificó las acusaciones y recomendó la cesantía directa.
El despido se fundamentó en el artículo 71 de la Constitución del Chaco, que prohíbe de forma expresa acumular más de un empleo público o privado, además del Régimen de Incompatibilidades, la ley de organización de la ATP y el Estatuto del Empleado Público.