La Cámara de Diputados de la Nación aprobó este miércoles la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, también conocida como Ley de Tierras, con 124 votos a favor, 119 en contra y 6 abstenciones. La votación fue ajustada y las abstenciones resultaron clave para evitar que se impusiera el rechazo: correspondieron a cinco diputados del cordobesismo (parte de Provincias Unidas) y al diputado del PRO Álvaro González.
El proyecto había recibido media sanción del Senado en agosto, pero como la Cámara baja introdujo modificaciones, deberá volver a la Cámara alta para su tratamiento definitivo.
El eje del debate: la restitución de la Ley de Tierras
El punto central de la jornada fue la decisión del oficialismo de preservar la Ley de Tierras de 2011 (Ley 26.737), sancionada durante el kirchnerismo, que limita la titularidad de tierras rurales por parte de extranjeros a un 15% a nivel nacional, provincial y municipal. Esta norma había sido derogada por el artículo 154 del DNU 70/2023 de Javier Milei, y el objetivo original del proyecto oficialista era eliminar cualquier límite a la compra de tierras por parte de foráneos.
Sin embargo, el Gobierno debió ceder ante la presión opositora, los fallos de la Corte Suprema y el riesgo de una derrota parlamentaria. Con la modificación aprobada, se deja sin efecto el artículo 154 del DNU y se restituye la plena vigencia de la Ley de Tierras. Los capítulos 38 a 40, que incluyen esta restitución, fueron votados por 239 votos a favor, 4 en contra y 6 abstenciones, y al haber superado los dos tercios quedan blindados para que el Senado no pueda modificarlos.
Qué establece la ley aprobada
Además de la cuestión de tierras, el texto incorpora cambios sustanciales en otras materias:
Expropiaciones: Se endurecen las condiciones para que el Estado pueda expropiar bienes. Se exige una declaración específica de utilidad pública, el pago previo de una indemnización calculada sobre el valor objetivo de mercado del inmueble y se incorpora el reconocimiento del lucro cesante, con un tope del 30%. Además, se fija un plazo máximo de 90 días para la "ocupación temporánea anormal".
Desalojos: Se busca acelerar la recuperación de inmuebles ocupados mediante procesos judiciales sumarísimos. Para casos de usurpación, el juez podría ordenar la restitución inmediata y, a pedido del propietario, intimar la devolución en un plazo de 72 horas si se acredita la titularidad. Se establece un plazo de protección de 10 días para personas en situación de vulnerabilidad.
Registro de la Propiedad: Se introducen cambios para modernizar y digitalizar el sistema registral inmobiliario.
La sesión, que comenzó alrededor del mediodía, continuaba con el debate de otros proyectos, entre ellos los de endeudamiento familiar, trazabilidad de medicamentos, discapacidad y la incorporación de nuevas figuras al Código Penal.
Ahora, el proyecto regresa al Senado, donde la Cámara alta deberá analizar las modificaciones introducidas para definir si la iniciativa se convierte finalmente en ley.